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Código de ética acompañante terapéutico

Acompañante terapéutico apoyando a un niño en el aula escolar

El código de ética acompañante terapéutico es la guía fundamental que regula la práctica profesional. Su objetivo es resguardar a los niños con Certificado Único de Discapacidad (CUD) y a sus familias en CABA y el Gran Buenos Aires.

¿Qué es el código de ética acompañante terapéutico?

El código de ética acompañante terapéutico es un conjunto de normas deontológicas. Estas reglas establecen los deberes, límites y principios del ejercicio profesional. La Asociación de Acompañantes Terapéuticos de la República Argentina (AATRA) promueve estas pautas para asegurar un servicio de calidad, basado en el respeto a la dignidad humana y la confidencialidad.

Cuando una familia abre la puerta de su hogar, surgen dudas sobre los límites de la intervención. Saber qué esperar de un acompañante terapéutico aporta tranquilidad y seguridad. Una relación clara entre la familia y el profesional ayuda a proteger los derechos del niño.

Principios fundamentales del código de ética acompañante terapéutico

El trabajo del Acompañante Terapéutico (AT) se apoya en pilares éticos claros. La Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657 del Ministerio de Salud de la Nación respalda estos valores:

  • Derechos Humanos y dignidad humana: El AT promueve la autonomía del niño. Evita prácticas estigmatizantes o que limiten su libertad.
  • Secreto profesional y confidencialidad: El diagnóstico y la información del CUD son reservados. El deber de reserva protege la intimidad familiar.
  • Competencia e idoneidad profesional: El AT debe tener formación adecuada. Debe abstenerse de realizar tareas que correspondan a otros profesionales de la salud o la educación.

Límites éticos en el hogar y en la escuela

El profesional no cumple funciones de cuidado doméstico ni realiza tareas de niñera. En el hogar, su trabajo responde a un plan diseñado junto al equipo interdisciplinario de psicopedagogía y psicología.

En la escuela, el AT acompaña la inclusión escolar del niño. Su función principal es apoyar la regulación emocional y la integración social. El profesional no sustituye la labor de la maestra integradora ni del docente de aula.

Dilemas éticos en la inclusión escolar

En las escuelas de CABA y GBA suelen surgir dudas sobre el rol del AT. La Asociación de Acompañantes Terapéuticos de la Provincia de Santa Fe (A.Te.S.) resalta la importancia de cuidar el encuadre profesional. A continuación, mostramos cómo actuar ante situaciones cotidianas:

Dilema ético práctico Actuación incorrecta Actuación ética y profesional
Dictar contenidos pedagógicos Asumir la enseñanza del alumno Orientar hacia la autonomía y derivar lo educativo al docente
Presión para dar datos del niño Revelar detalles del CUD a terceros Proteger la confidencialidad y derivar dudas al equipo directivo
Pedidos de tareas del hogar Cuidar hermanos o hacer compras Mantener el encuadre y enfocarse en los objetivos del niño

Responsabilidad social del acompañante terapéutico

La Resolución 1014/2014 del Ministerio de Salud de la Nación resalta la importancia de la supervisión continua. Aplicar el código de ética acompañante terapéutico asegura una coordinación eficiente entre la familia, la escuela y los terapeutas.

Familias, no están solas. Contar con un profesional comprometido con normas éticas claras garantiza un acompañamiento escolar seguro, humano y respetuoso.

Preguntas frecuentes

¿Un acompañante terapéutico puede divulgar la información del CUD del niño?

No. El secreto profesional exige proteger todos los datos clínicos y personales de la persona acompañada. Solo se comparte información con el equipo tratante y con permiso familiar.

¿Qué debe hacer el AT si la escuela le pide tareas docentes fuera de su rol?

El profesional debe declinar el pedido con firmeza y amabilidad. Debe explicar sus funciones de integración social y derivar lo pedagógico a los docentes.

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